Derecho Animal. Una realidad ¿Una revolución?
Cuando conocí
a Anna Mulá en las primeras jornadas de Derecho Animal de Cádiz y, junto con
mis compañeros, le comentamos la situación en la que nos encontramos con
respecto a la proliferación de iniciativas en pro de la protección y defensa
animal, coincidimos con ella, quizá con un optimismo contenido, en su
percepción de semejanza con la pasada revolución del derecho ambiental que ella
vivió al principio de su carrera profesional. Y, si, me gusta soñar con esta
idea.
Lo diré
bajito para no despertar a los antiguos pero presentes fantasmas de la supremacia
humana sobre todas las cosas: “Creo que estamos en una Revolución”…
Al margen de
los debates abiertos a nivel filosófico y científico sobre los derechos de los
animales y sobre las cualidades que justifican su merecimiento, el Derecho
Animal es un término que ya no nos es ajeno o estrafalario.
Independientemente
de la Declaración Universal de los Derechos Animales, aprobada por la ONU y la UNESCO a
finales de los años 70 (para muchos desconocida y que ha sido también criticada
por algunos de sus contenidos), y que en
si misma sólo supone una declaración de intenciones, la nueva percepción de la
realidad que viven los animales, tanto salvajes como domésticos, unida a la
expansión del nuevo modelo ético de la relación entre el hombre y los otros
animales, ha ido calando en los profesionales del derecho, y de ellos a las
instituciones, de manera que la defensa legal y con ello el nivel de protección
ha logrado impregnar las normas legales y la jurisprudencia.
Sin embargo,
la consideración de los animales como poseedores de derechos per se dista aún mucho de ser tenida
siquiera en cuenta por algunos filósofos y también por legisladores,
amparándose en cuestiones tan poco defendibles hoy en día como las diferencias
cognitivas o de percepción del dolor, la autoconsciencia o la indisoluble
relación entre derechos y deberes.
La consideración
moral de los animales y el reconocimiento de derechos como la sustracción al
dolor y la evitación de la muerte innecesarias, está cada vez más justificada por
el conocimiento científico y asumida por la sociedad. El estatus legal actual de
los animales es el mismo que el de las cosas que usamos y poseemos, heredado de
los planteamientos mecanicistas cartesianos. Esto está cada vez más en discordancia
con el nuevo paradigma moral basado en la empatía, la compasión y la ruptura de
la barrera especista.
A la
reconocida capacidad de experimentar y expresar emociones, de forma tan similar
a la nuestra en muchos casos, se le añaden los nuevos conocimientos sobre
cognición animal y neurobiología de las especies animales, y las
investigaciones sobre evolución del comportamiento que evidencian
clamorosamente lo que tenemos en común con el resto de los animales, más que lo
que nos separa de ellos.
Hitos como la Declaración de Cambridge sobre la Conciencia Animal, redactada por un grupo de
trabajo de neurocientíficos en 2012, o el reconocimiento en 2014, de Sandra,
una orangután del zoológico de Buenos Aires, como sujeto de derechos
reconocidos en la Constitución por la justicia Argentina sobre privación de
libertad de las personas, acción promovida por la Asociación de Funcionarios y
Abogados por los Derechos de los Animales, o el triunfo de la Iniciativa
Legislativa Popular que consiguió la abolición de las corridas de toros por el Parlament de Catalunya en 2010, indican que algo está cambiando.
Pero también cuentan las
pequeñas victorias que se están produciendo en los tribunales con sentencias
condenatorias sobre el maltrato, la prohibición de los circos con animales en
muchos ayuntamientos de España o la aprobación de ordenanzas municipales más
respetuosas con la convivencia de animales de compañía. Todo suma.
Muchas personas de relevancia
científica o jurídica están ayudando a construir poco a poco un Derecho Animal
que será consolidado con el apoyo de la sociedad y de las organizaciones que
luchan por los derechos de los animales. Poco a poco, también vemos el reflejo
de su trabajo en la impregnación de contenidos de protección y bienestar animal
en normativas de diversos ámbitos de aplicación y esperamos que, más pronto que
tarde, el respeto y la aceptación de los animales en nuestra comunidad moral se
vea reflejada plenamente en el derecho civil, penal, constitucional e
internacional.
Creo que la
revolución no ha hecho más que empezar. Quedan muchas etapas por cubrir y
abordar siquiera, como el trato de los animales de granja, hasta ahora asunto
intocable, y acabar con los festejos populares donde se utilizan animales, pero
si ahora no paramos, la justicia para los animales será algo con lo que
conseguir una sociedad más compasiva, solidaria y pacífica.
Sebastián López
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AVHA, es consciente de esta labor y por esto ha tratado estos temas en actividades anteriores como la de la Protección Jurídica de los animales en Andalucía, por Miguel Ángel Martín, y ahora trae a Sevilla, a Anna Mulá, abogada que trabaja para distintas organizaciones y en distintos ámbitos por la defensa animal y que participó en la acción por la abolición de las corridas de toros en Cataluña. Ella será la encargada de impartir la conferencia DERECHO ANIMAL, el día 24 de mayo de 2016.
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